El Comité de Vivienda
convencional es un escenario pactado convencionalmente entre el banco y ACEB,
en el cual tanto los representantes del banco como del sindicato, tiene como
objetivo aprobar o recomendar, previo análisis, las diferentes solicitudes de
créditos convencionales alcanzados por ACEB en cada uno de los bancos.
Â
Cada Comité conformado en
los bancos, establece un método de funcionamiento para posibilitar que los
diferentes créditos de vivienda permitan mejorar la calidad de vida de los
trabajadores bancarios y sus familias.
Â
Los montos de estos
préstamos se incrementan cada año de vigencia de la Convención Colectiva de
Trabajo firmada por ACEB
Â
Â
Beneficios
y aspectos principales:
Â
Tasa
de interés: La
más baja del mercado
Bonificación
para vivienda
Modalidades de pago
flexibles y adaptadas a las necesidades de cada trabajador.
Â
¡ACEB lucha cada dÃa para
asegurar más beneficios y mejores condiciones para sus afiliados!
Â
Representantes
de los trabajadores - Comité de vivienda :
Â
LUISA
FERNANDA MARTINEZ
Trabajadora Banco GNB
Sudameris
Ciudad: Bogotá
ACEB Seccional Bogotá
Â
WALTER
CANTE MAHECHA
Trabajador Banco GNB
Sudameris
Ciudad:Â
Bogotá
Ingeniero Industrial
ACEB Seccional Bogotá
Â
¿Dudas
o inquietudes?
ACEB cuenta con
representación por parte de los trabajadores en este comité. Si tienen un caso
o consulta, no duden en escribirnos a:
📧 acebnacional@aceb.org.co con copia a acebnacional@gmail.com
Â
📞 También pueden llamarnos a los números 3138700509, 3138700504 o 3174312667
El Comité de Convivencia Laboral
Es un escenario que tiene por
objeto la prevención y atención de las conductas de acoso laboral. El concepto
de Acoso Laboral involucra una serie de modalidades que están descritas en la
Ley 1010 de 2006, las cuales se pueden presentar en las empresas, de ahà que la
legislación colombiana puede establecer sanciones si no se cumple con la
conformación de dicho Comité.
La conformación se hará por
igual entre el empleador y los trabajadores. Por un lado, el empleador, podrá
designar directamente a sus representantes y por el lado, los trabajadores votarán
para elegir sus representantes.
El Comité procurará promover
relaciones laborales propicias para la salud mental y el respeto a la dignidad
de los empleados de todos los niveles jerárquicos del banco, mediante
estrategias de promoción, prevención e intervención para la resolución de
conflictos, es de esta manera como desarrollará actividades de sensibilización,
capacitación y vigilancia periódica.
Este comité
es fundamental para garantizar un excelente ambiente de convivencia laboral,
atendiendo lo establecido en la legislación laboral y en los convenios
internacionales, con sensibilización, prevención y demás aspectos relacionados
con acoso laboral, sexual, diversidad, género e inclusión.
Recuerde
que conforme a la Ley 1010 de 2006, “La denuncia deberá dirigirse por escrito en que
se detallen los hechos denunciados y al que se anexa
prueba sumaria de los mismos.â€
¿Dudas o
inquietudes?
Si tienen
un caso o consulta, no duden en llamarnos para asesorarle:
📞 Pueden llamarnos a los números 3138700509,
3138700504 o 3174312667.
Leyes y decretos que regulan el
acoso laboral en Colombia:
NORMATIVA
Resolución
652 de 2012 – Ministerio de Trabajo
Resolución
1356 de 2012 – Ministerio de Trabajo
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30044240 LEY 1010 de
2006